PALMA JORGE HERNAN C/ CAJA DE RETIRO JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIAS DE LA PRO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor Jorge Hernán Palma demandó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de un mayor porcentaje en su Retiro Móvil Extraordinario. El Tribunal desestimó la demanda, argumentando que la normativa aplicable no permite el ajuste solicitado.
Actor: Jorge Hernán Palma Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento del derecho al Retiro Móvil Extraordinario con un porcentaje del 94% en lugar del 90% establecido. Decisión: Se desestima la demanda, manteniendo el porcentaje del 90% del haber de pasividad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aplicación de los arts. 36, 37 y 41 de la ley 13.236 no se contrapone de modo inconciliable con el régimen de reciprocidad jubilatoria... el cómputo definitivo al que arribó la Caja determina correctamente un porcentaje, teniendo en cuenta los diferentes regímenes para adecuar la prestación en disputa." "La diferencia de trato entre los servicios de afiliación a la Caja de Policía y los provenientes de otros regímenes... resulta razonable y respetuoso del propio sistema supra local, ya que el beneficio jubilatorio se encuentra garantizado." "La declaración de inconstitucionalidad de una ley es un acto de suma gravedad y debe ser considerado última ratio del orden jurídico... el sistema de reciprocidad cumple su finalidad, la cual reposa en poder obtener un beneficio jubilatorio."
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