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CERDEIRA, JUAN JOSE c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

El Sr. J. J. C. interpuso acción de amparo contra OSDE para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 4 hizo lugar a la acción, ordenando la continuidad de la afiliación y cobertura de salud.

Amparo Salud Jubilacion Osde Afiliacion Derechos fundamentales Constitucion nacional Ley 23.660 Medida cautelar Aportes


¿Quién es el actor?

J. J. C.

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a OSDE tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se admite la acción de amparo y se ordena a OSDE mantener la afiliación del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La vía elegida por la actora para la protección de sus derechos, resultó correcta y se ajusta a los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, a fin de lograr una adecuada, rápida y eficaz protección de los derechos fundamentales implicados en el caso, como ser el derecho a la salud que tiene rango constitucional." "Cabe señalar que el art. 10 de la ley 23.660 no puede ser interpretado en el sentido que, al jubilarse, el afiliado cesa su carácter de beneficiario de la obra social." "En función de lo reseñado, y teniendo en cuenta que la amparista obtuvo el beneficio jubilatorio con fecha de alta 1/11/25, corresponde admitir la petición formulada."

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