RAMIREZ, VIVIANA EDIT c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
V. E. R. interpone acción de amparo contra OSDE y OSOCNA para mantener su afiliación tras jubilarse. El tribunal hace lugar a la acción, ordenando la continuidad de la cobertura médica bajo el Plan 310.
¿Quién es el actor?
V. E. R.
- Demandados: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) y Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA)
- Objeto de la demanda: Mantenimiento de la afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio.
- Decisión del tribunal: Se admite la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación y cobertura médica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El amparo es un proceso sumamente simplificado en sus dimensiones temporales y formales, pues la finalidad fundamental de la pretensión que constituye su objeto consiste en reparar, con la mayor urgencia posible, la lesión de un derecho constitucional." "El carácter de beneficiario, otorgado en el inc. a) del art. 8 y en los incs. a) y b) del art. 9 de la ley, subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público." "El hecho de jubilarse no implicaba la transferencia automática al PAMI, subsistiendo en el beneficiario la posibilidad de permanecer en la obra social a la cual pertenecía en ese momento."
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