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Legajo Nº 35 - IMPUTADO: CONCETTI, HERNAN DIEGO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

El defensor solicitó la declaración de inconstitucionalidad del art. 56 bis de la Ley 24.660 para que su defendido acceda a salidas transitorias. La Cámara Federal de Juicio N° 3 de Rosario rechazó el planteo, argumentando que la normativa es compatible con los principios de progresividad y de igualdad ante la ley.

Inconstitucionalidad Salidas transitorias Ley 24.660 Progresividad Igualdad ante la ley Trafico de estupefacientes Politica criminal Derechos humanos Jurisprudencia Tribunal federal


¿Quién es el actor?

Hernán Diego Concetti

¿A quién se demanda?

Estado (representado por el Ministerio Público Fiscal)
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del art. 56 bis de la Ley 24.660 y acceso a salidas transitorias.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad y no se concede el acceso a salidas transitorias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El concepto de gravedad, debe ser medido en este expediente, por ejemplo en función de las actividades investigativas, la calidad de la organización que tuvo más de diez intervinientes y el estupefaciente incautado." "El criterio adoptado por el legislador no atenta contra el principio de igualdad ante la ley, sino que, por razones de política criminal, se ha optado por excluir a ciertos delitos de los beneficios previstos en el período de prueba del régimen de ejecución de la pena." "La Cámara Federal de Casación Penal en un fallo plenario se ha expedido, por mayoría, por la constitucionalidad de la norma aquí cuestionada por la defensa."

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