TROSERO, ANDRES ANTONIO c/ OBRA SOCIAL DE DOCENTES PARTICULARES - OSDOP s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo para obtener cobertura integral de acompañante terapéutico para su hijo menor. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando a la obra social cumplir con la cobertura solicitada.
Actor: Andrés Antonio Trosero Demandado: Obra Social de Docentes Particulares (OSDOP) Objeto: Cobertura integral de acompañante terapéutico para su hijo menor. Decisión: Se confirmó la sentencia que ordena a la obra social otorgar la cobertura solicitada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Ley 24.901 impone a los agentes del seguro de salud la obligación de brindar cobertura integral de las prestaciones necesarias para las personas con discapacidad, debiendo apreciarse dicha integralidad en función de las necesidades concretas del afiliado y no de criterios meramente administrativos o arancelarios." "El nomenclador constituye una herramienta de organización y financiamiento, pero no puede operar como límite formal que desplace la indicación médica fundada ni que altere el contenido sustancial de la prestación requerida." "La intervención judicial fue necesaria para obtener la autorización plena de la prestación, circunstancia que torna aplicable el principio general de costas."
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