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BROCAL, MARTA LAURA c/ ANSES s/PENSIONES

La parte demandada apeló la sentencia que aprobó la planilla de liquidación y estableció un plazo para el pago de lo adeudado. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó el plazo de cumplimiento, fijándolo en 30 días, y desestimó otros agravios.

Ejecucion de sentencia Anses Planilla de liquidacion Plazo de cumplimiento Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Seguridad social Recursos de apelacion Derechos de las personas mayores Costas


¿Quién es el actor?

Marta Laura Brocal

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia por sumas adeudadas.
- Decisión del tribunal: Se modifica el plazo para el cumplimiento del pago a 30 días y se desestiman otros agravios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto a la queja dirigida a cuestionar la planilla de liquidación aprobada por el Juez de grado, este Tribunal advierte que dichos cuestionamientos se limitan a manifestar que la misma le causa agravio y que efectuó una impugnación oportunamente, pero sin suministrar nuevos elementos de juicio que permitan advertir error en su confección." "El plazo de 10 días dispuesto por el Inferior resulta exiguo. Por ello, corresponde modificar la sentencia en este punto, fijando en 30 días el plazo para el cumplimiento del pago de lo adeudado." "Se ha declarado inconstitucional el artículo 21 de la ley 24.463 en la causa 'Ramos, Miguel Efrain c/Anses s/Reajuste por movilidad'..."

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