ACOSTA, JORGE OVIDIO c/ UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/DESPIDO
La parte demandada apeló la sentencia que reconoció la relación laboral del actor con la Unión Obrera Metalúrgica. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, sosteniendo que la demandada no logró desvirtuar la presunción de existencia de un contrato de trabajo.
¿Quién es el actor?
Jorge Ovidio Acosta
¿A quién se demanda?
Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de relación laboral y despido
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que admitió la acción del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La demandada no logró desvirtuar la presunción del art. 23 LCT... la recurrente no se hace cargo del argumento central esgrimido por el sentenciante ni, sobre todo, demuestra que éste resulte errado... el hecho de que el Sr. Acosta presentara facturas no altera la naturaleza jurídica de la relación...". "Las pruebas analizadas dieron cuenta de que Acosta prestó servicios para la UOMRA con carácter dependiente...".
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