DIAZ ALEJO MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES para el recálculo de su jubilación y la movilidad de su beneficio. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 6 declaró la existencia de cosa juzgada y admitió parcialmente la demanda, ordenando ajustes en el haber previsional.
¿Quién es el actor?
Díaz Alejo Manuel
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber inicial y movilidad de la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se declara la existencia de cosa juzgada respecto a los reclamos anteriores y se ordena a ANSES ajustar el beneficio previsional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia homologatoria se equipara a una sentencia definitiva y tiene efecto de cosa juzgada, razón por la cual resulta improcedente el reclamo efectuado en torno a los mismos puntos sobre los que versa el acuerdo transaccional." "La ley 27.609 fue publicada en el Boletín Oficial el día 4 de enero de 2021. Su art. 1° sustituyó el art. 32 de la ley 24.241 y sus modificaciones y dispuso que el índice de movilidad de las prestaciones mencionadas en el art. 17 de ese último cuerpo legal se obtendría conforme a la fórmula dispuesta en el Anexo." "Habiendo finalizado el 31/12/2020 la emergencia y suspensión de la movilidad dispuestas por la ley 27.541, entiendo que debe liquidarse a la actora el haber que hubiera correspondido de acuerdo con la ley 27.426 en los mensuales enero y febrero de 2021."
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