Logo

CARUSSO JULIO CESAR C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El actor promovió demanda por la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 15.008, solicitando el restablecimiento de sus derechos previsionales. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y reconociendo el derecho del actor a que sus haberes se liquiden conforme al régimen anterior.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Ley 15.008 Movilidad jubilatoria Derechos previsionales Caja de jubilaciones Proporcionalidad Seguridad social Jurisprudencia Provincia de buenos aires

Actor: Julio César Caruso Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 15.008 y reconocimiento de derechos a la movilidad jubilatoria. Decisión: Se confirma la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, reconociendo el derecho del actor a que sus haberes se liquiden conforme al régimen anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El artículo 41 de la ley 15.008 consagra un sistema que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad (arts. 39 inc. 1, Const. pcial.; 14 bis Const. nac.)." "La movilidad del período involucrado en ningún caso se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base." "El sistema de movilidad delineado por la Ley 15.008 desoye los principios sentados por la jurisprudencia de los máximos tribunales provincial y nacional."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar