GARCIA RICARDO GREGORIO C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor reclamó el restablecimiento de derechos previsionales y la inconstitucionalidad de la ley 15.008. La Cámara de Apelaciones confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de dicha ley y modificó la metodología de cálculo de haberes, reconociendo intereses a valores actuales.
Actor: García Ricardo Gregorio Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y declaración de inconstitucionalidad de la ley 15.008 Decisión: Se confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se modificó la metodología de cálculo de haberes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza a quo dictó sentencia por la que resolvió hacer lugar parcialmente a la pretensión de reconocimiento y restablecimiento de derechos deducida en autos contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, declarando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15008 en su aplicación concreta al caso." "El artículo 41 de la ley 15.008... se muestra contrario a uno de los pilares básicos que sustentan el sistema previsional provincial, cual es la necesaria proporción que debe existir entre el haber de pasividad y el de actividad." "Se advierte que la preceptiva cuestionada consagra un sistema que se traduce en un desequilibrio de la razonable proporción que debe existir entre los haberes de actividad y pasividad."
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