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RAMIREZ MARIA LUZ C/ PALLERO DARIO GABRIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

María Luz Ramírez apeló una sentencia en el marco de un reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La Cámara declaró desierto el recurso por falta de presentación de agravios dentro del plazo establecido.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Accidentes automovilisticos Desierto Agravios Plazo Notificacion Codigo procesal civil y comercial Sentencia firme Citacion en garantia

Actor: María Luz Ramírez Demandado: Dario Gabriel Pallero; Otro/a Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico Decisión: Se declara desierto el recurso interpuesto el 03/11/25

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 261 del C.P.C.C. dispone que si el apelante no expresare agravios dentro del plazo o no lo hiciere en la forma prescripta en el art. 260 del citado código, se declarará desierto el recurso y la sentencia quedará firme para el." "El apelante del día 03/11/25 (citada en garantía) no ha expresado agravios, no obstante encontrarse debidamente notificado de la providencia del día 19/02/26 que ordenaba poner el expediente en la oficina a los fines del art. 254 del C.P.C.C." "Dada la forma como se ha resuelto la cuestión anterior; corresponde declarar desierto el recurso interpuesto el día 03/11/25."

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