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CARDOZO, ANA EN REP DE SU HIJO A L B c/ OSPECON s/AMPARO LEY 16.986

Se interpone acción de amparo por la negativa de la obra social OSPECON a autorizar prestaciones para un niño con autismo y retraso mental. El Juzgado Federal de Salta hizo lugar a la acción, ordenando la cobertura total de las prestaciones solicitadas por el médico tratante.

Amparo Salud Ospecon Prestaciones Autismo Retraso mental Derecho a la salud Accion de amparo Discapacidad Interes superior del nino


¿Quién es el actor?

Ana Cardozo en representación de su hijo A.L.B.

¿A quién se demanda?

OSPECON
- Objeto de la demanda: Autorización de prestaciones de salud (transporte, psicología, fonoaudiología, etc.) para el hijo del actor.
- Decisión del tribunal: Se ordena a la obra social que autorice las prestaciones solicitadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La acción de amparo deviene formalmente admisible en el caso bajo examen por encontrarse en riesgo la salud del hijo del actor... la negativa resulta arbitraria por cuanto la demandada no ha probado que los prestadores que asisten al menor no sean de la cartilla..." "No puede la obra social sustituir eficazmente el criterio del médico a cargo del tratamiento del afiliado... resulta lesivo del derecho a la salud desautorizar el tratamiento del profesional..." "Las obras sociales deben garantizar el derecho a la salud de sus asociados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho..."

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