SEJAS ROJAS IGNACIA SUS HEREDEROS C/ COMPANIA DE OMNIBUS 25 DE MAYO LINEA 278 S.A. S/ DAÑOS Y PERJ. ESTADO (USO AUTOM. S/LESIONES) (96)
Los herederos de Ignacia Sejas Rojas apelaron la sentencia que desestimó su demanda de daños y perjuicios por un accidente de tránsito. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la insuficiencia técnica de los agravios presentados.
- Quién demanda: Ignacia Sejas Rojas y sus herederos.
¿A quién se demanda?
Compañía de Ómnibus 25 de Mayo S.A. y Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 23 de julio de 2007.
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el recurso de apelación y se confirmaron las costas a la parte recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La expresión de agravios... debe ser una crítica concreta y razonada del fallo apelado... debe explicitar en forma clara y precisa las equivocaciones que se le endilgan al fallo... no reúne las pautas o exigencias normadas por el artículo 260 del C.P.C.C." "Desestimado el hecho nuevo mediante la resolución dictada... la mera manifestación formulada por la propia interesada no resultaría un elemento probatorio suficiente que permitiese tener por acreditada la producción del evento dañoso." "Resta agregar... que, de ingresar a la revisión del fallo, se lo haría sin saber exactamente cuál es la crítica que están obligados a realizar los recurrentes..."
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