..........S/ALIMENTOS
El demandado interpuso recurso de apelación contra la resolución que homologó un acuerdo de alimentos y dispuso las costas a su cargo. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que las costas deben ser soportadas por el alimentante en procesos de alimentos.
Actor: R.N.P. Demandado: S.G.F. Objeto: Impugnación de la imposición de costas en un acuerdo de alimentos. Decisión: Se confirma la resolución apelada y se rechaza el recurso interpuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En principio, en los procesos de alimentos (y en sus incidencias) las costas deben ser soportadas por el alimentante, ello dada la finalidad asistencial de la pensión alimentaria y a fin de no afectar la prestación establecida a favor del alimentado." "La pronta solución no elimina la carga procesal que razonablemente recae sobre quien fue requerido judicialmente para cumplir con una obligación legal preexistente." "En el acuerdo celebrado el 5/9/2025 no se estipuló cuestión alguna relativa a la imposición de las costas."
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