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FUSTER GRACIELA MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaración de herederos en el incidente sucesorio de Graciela María Fuster. El Tribunal declara a sus hijas y cónyuge como herederos universales, conforme a la normativa aplicable.

Sucesion Herederos Incidente Codigo civil Codigo procesal Bienes gananciales Partida de defuncion Partida de matrimonio Universales herederos Notificacion electronica

Actor: D. H. (pretensos herederos) Demandado: No hay demandado específico. Objeto: Declaración de herederos en la sucesión de Graciela María Fuster. Decisión: Se declara a Natalia Fernanda y Silvina Noelia Picon Fuster y Carlos Alberto Picon como herederos universales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y los arts. 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de GRACIELA MARIA FUSTER le suceden en carácter de universales herederos sus hijas: Natalia Fernanda y Silvina Noelia PICON FUSTER y su cónyuge, Carlos Alberto PICON, este último en cuanto a los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los bienes gananciales."

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