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RIAL, CARLOS ENRIQUE c/ OSPEDYC s/AMPARO LEY 16.986

El Sr. C. E. R. promovió acción de amparo contra OSPEDYC para su reafiliación y la de su cónyuge tras ser dado de baja por jubilación. El Juzgado Federal hizo lugar a la acción, ordenando la inmediata reafiliación en las mismas condiciones previas a la jubilación.

Amparo Afiliacion Jubilacion Ospedyc Derechos de la seguridad social Obligacion de afiliacion Medida cautelar Continuidad de prestaciones Actor Demandado


¿Quién es el actor?

Sr. C. E. R.

¿A quién se demanda?

OSPEDYC
- Objeto de la demanda: Reafiliación a la obra social tras baja por jubilación.
- Decisión del tribunal: Se ordena la reafiliación del actor y su cónyuge.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La respuesta brindada por la obra social accionada en punto a que 'no procede la continuidad como titular jubilado' constituye un acto arbitrario e ilegal que habilita su cuestionamiento por medio de la acción de amparo." "No existe óbice a la obligación de afiliación del amparista por parte de la Obra Social (OSPEDYC)." "La medida cautelar dictada fue apelada, pero se confirma la obligación de la obra social de mantener la afiliación."

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