RUCCI CARLOS ALBERTO C/ LAMBERTI MARIA VIRGINIA S/ LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
El actor promovió demanda de liquidación de la comunidad de bienes contra la demandada. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo el único bien ganancial y ordenando su venta con costas en el orden causado.
Actor: Carlos Alberto Rucci Demandado: María Virginia Lamberti Objeto: Liquidación de la comunidad de bienes Decisión: Se hizo lugar a la demanda, reconociendo el inmueble como bien ganancial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sociedad conyugal conformada por Rucci y Lamberti quedó sujeta al régimen de la comunidad de ganancias... El objeto del presente proceso... consiste entonces en determinar el carácter de los bienes adquiridos durante el matrimonio, a fin de establecer la masa partible." "En consecuencia, la división de condominio resulta improcedente como vía para liquidar la sociedad conyugal... el camino adecuado para la división del bien común no es otro que la liquidación de la sociedad conyugal." "Toda vez que las partes han manifestado en autos la intención de vender el bien inmueble referido, hágase saber a Carlos Alberto Rucci y María Virginia Lamberti que, en la etapa de ejecución de sentencia, deberán adjuntar a estas actuaciones tasaciones actualizadas del inmueble..."
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