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Legajo Nº 5 - PRETENSO QUERELLANTE: MUNICIPIO DE SAN ISIDRO s/LEGAJO DE APELACION

La Municipalidad de San Isidro interpuso un recurso de casación tras ser rechazada su constitución como querellante en un proceso penal. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso, reconociendo su derecho a intervenir en defensa de sus intereses patrimoniales.

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¿Quién es el actor?

Municipalidad de San Isidro

¿A quién se demanda?

No especificado (proceso penal)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento como parte querellante en un proceso penal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación y se admitió a la Municipalidad como querellante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Municipalidad de San Isidro ha alegado de manera fundada y razonada su condición de particularmente ofendido, ha individualizado perjuicios patrimoniales e institucionales propios y ha demostrado un interés legítimo que excede la tutela general ejercida por el Ministerio Público Fiscal." "La participación de un municipio como querellante se erige como un mecanismo institucional orientado a la tutela y resguardo de su patrimonio, en tanto expresión de un interés jurídico propio y directo comprometido por los hechos investigados." "El hecho de que la Nación también resulte perjudicada no excluye ni neutraliza la calidad de ofendido de la municipalidad, cuando éste acredita —como aquí— un interés propio y diferenciado."

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