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MASSOT VICTOR EDUARDO C/ VELASQUEZ PEDRO ROLANDO S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El Dr. Massot solicitó la homologación de un pacto de cuota litis con el Sr. Pedro Rolando Velasquez. El Tribunal homologó el pacto, considerando que el porcentaje de honorarios acordado era adecuado y no vulneraba el equilibrio de las prestaciones.

Incidente Homologacion Cuota litis Honorarios Ley 14967 Codigo civil y comercial Autonomia de la voluntad Equilibrio de prestaciones Costas Pacto de honorarios

Actor: Dr. Massot Demandado: Pedro Rolando Velasquez Objeto: Homologación de un pacto de cuota litis. Decisión: Se homologó el pacto de cuota litis.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Ley 14967... prevé que los honorarios por las tareas judiciales desempeñadas por los letrados pueden ser fijados por contrato celebrado con su cliente... la facultad volitiva no importa una regla absoluta, puesto que estará sujeta a los límites de normas superiores..." "En síntesis, en orden a la facultad deber de contralor... en tanto la misma no se da en el caso, como adelanté, estimo adecuado el porcentaje establecido en la cláusula tercera del convenio en estudio..." "En cuanto a las costas, no configurándose en el caso una controversia en sentido técnico... no resulta procedente su imposición..."

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