JIMENEZ, MARTIN c/ OSECAC s/AMPARO LEY 16.986
El Sr. M. J. promovió una acción de amparo contra OSECAC por la negativa a su afiliación como monotributista. El Juzgado Federal hizo lugar a la acción, ordenando a la obra social que proceda a su afiliación y a la de su grupo familiar.
¿Quién es el actor?
Sr. M. J.
¿A quién se demanda?
OSECAC
- Objeto de la demanda: Afiliación a la obra social y cobertura de salud.
- Decisión del tribunal: Se ordena a OSECAC que afilie al actor y su grupo familiar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El silencio de la obra social accionada, constituye un acto arbitrario e ilegal que habilita su cuestionamiento por medio de la acción de amparo." "La obra social respectiva podrá ofrecer al afiliado la plena cobertura, durante el período de carencia que fije la reglamentación, mediante el cobro del pertinente coseguro." "No se demostró en el caso que se configurara alguno de los supuestos obstativos al ejercicio del derecho de opción."
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