ARCA c/ ARGEN-TIME SAS s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
Argen-Time S.A.S. apeló la desestimación de nulidad del mandamiento de intimación de pago en una ejecución fiscal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia, considerando que la notificación se realizó conforme a los requisitos legales.
¿Quién es el actor?
Argen-Time S.A.S.
¿A quién se demanda?
A.F.I.P.
- Objeto de la demanda: Nulidad del mandamiento de intimación de pago.
- Decisión del tribunal: Se confirma la desestimación de la nulidad del mandamiento de intimación de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Una interpretación sistémica de las normas en juego y de las constancias de la causa permite concluir que Argen-Time S.A.S. fue adecuadamente notificada del mandamiento de intimación de pago diligenciado el 22.08.2025, en tanto se resguardaron los requisitos legales de modo y forma allí predispuestos." "La nulidad impetrada resulta improcedente, toda vez que el recurrente: (i) no se adecuó al trámite impugnatorio previsto para instrumentos públicos como el acta de notificación en examen —redargución de falsedad en los términos del art. 395 del Código de rito—." "Por el contrario, conforme se desprende del acta en cuestión, el funcionario actuante se constituyó en la calle Av. Federico Lacroze 3921, piso 2, oficina B, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires —vale decir, el domicilio fiscal de la contribuyente— y, al no hallar en el lugar a persona alguna para recibirla, procedió a fijar en la puerta del 'domicilio precedentemente indicado' un duplicado de igual tenor junto a las copias de traslado."
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