DE HARO ANGEL EDUARDO Y OTROS c/ EN-M°E Y OSP-DNVN Y OTRO s/EMPLEO PUBLICO
Los demandados apelaron la intimación de pago de un crédito laboral de $7.054.741,20. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que los intereses deben pagarse hasta la cancelación del crédito.
¿Quién es el actor?
De Haro Angel Eduardo y otros
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Objeto de la demanda: Pago de crédito laboral
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la intimación de pago.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ciertamente no puede reputarse como pago, con sus efectos extintivos propios, el inicio del procedimiento del art. 170 de la Ley Nº 11.672 mediante la previsión presupuestaria del monto de la condena a los valores computados (en concepto de capital e intereses hasta allí devengados) en la liquidación aprobada en la causa." "En efecto, ninguna norma del régimen de orden público que invoca la apelante dispone que el Estado esté exento de pagar los referidos accesorios." "En tales circunstancias y más allá de lo expuesto en la presentación recursiva, lo cierto es que la demandada no acreditó aún el depósito de la suma reconocida a su contraria en concepto de intereses al efectivo pago conforme pronunciamiento de fs. 637/638, por lo que corresponde desestimar el recurso de apelación deducido en subsidio."
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