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FIGUEROA, JOSE DELFIN c/ ANSES Y OTRO s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El demandado ANSES apeló una sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda de reajustes por movilidad presentada por Figueroa. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el Estado es responsable del cumplimiento de las obligaciones previsionales.

Recurso de apelacion Reajustes por movilidad Anses Prestacion previsional Equidad Obligacion estatal Ley n? 24.241 Ley n? 27.541 Costas Jurisprudencia


¿Quién es el actor?

José Delfín Figueroa

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad de la prestación previsional
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que ordena el cumplimiento de los reajustes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Estado es el único obligado al cumplimiento de la obligación previsional, siendo su obligación abonar la prestación acordada al beneficiario, en un marco de equidad y justicia." "La cuestión también fue analizada exhaustivamente por la Corte en los autos “Etchart Fernando Martín c/ ANSES s/ amparos”, donde sostuvo que corresponde al Estado el deber de adoptar las disposiciones necesarias para asegurar el nivel adecuado de las prestaciones previsionales." "En virtud de todo lo expuesto, entiende esta Alzada que lo resuelto por el a quo se encuentra ajustado a derecho, resultando improcedentes los agravios vertidos por la demandada."

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