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PAGLIONE, JULIO VICTOR c/ OSDE Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras obtener el beneficio jubilatorio. El Juzgado Civil y Comercial Federal 11 hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a continuar con la afiliación y prestaciones médicas.

Amparo Afiliacion Jubilacion Salud Obras sociales Derechos Continuidad Tratamientos medicos Ley 19.032 Ley 23.660

Actor: P., J. V. Demandado: OSDE y otro Objeto: Mantenimiento de la afiliación a la obra social y continuidad de tratamientos médicos. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la demandada mantener la afiliación del actor y su grupo familiar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia del beneficiario al I.N.S.S.J.P., sino que subsiste para el ex trabajador el derecho de permanecer en la obra social que le prestaba servicios hasta entonces." "La decisión adoptada por la demandada no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa para quienes ya poseían una obra social." "Corresponde el mantenimiento de la afiliación de la parte actora en el plan invocado como beneficiario de los servicios de salud prestados por la demandada."

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