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D. I. R. POR: AMENAZAS AGRAVADAS Y DIAZ NOEMI POR: AMENAZAS

El defensor apeló la condena de N. E. D. por amenazas agravadas, argumentando una errónea interpretación del tipo penal. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la sentencia, sosteniendo que las amenazas fueron idóneas para generar temor en las víctimas.

Recurso de apelacion Amenazas agravadas Codigo penal Idoneidad de amenazas Contexto de amenazas Decision judicial Confirmacion de sentencia Proporcionalidad de la pena Defensa oficial Libertad psiquica


¿Quién es el actor?

Germán José Kielf (Defensor Oficial)

¿A quién se demanda?

N. E. D.
- Objeto de la demanda: Impugnación de veredicto condenatorio por amenazas agravadas.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El pronunciamiento resulta pasible de ser atacado por el medio empleado, de manera que con esos alcances resulta admisible el recurso interpuesto." "Las amenazas, para ser típicamente relevantes, deben en primer lugar ser graves, serias y posibles. Han de tener una naturaleza tal que las torne idóneas para provocar en el sujeto pasivo un fundado temor a que ocurra el mal anunciado por su agresor." "El contenido de idoneidad de las amenazas debe ser definido con estricta referencia al contexto dentro del cual fueron expresadas, es decir, tomando en cuenta específicamente las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que se profirieron las mismas." "La mensuración no aparece como arbitraria y por el contrario aparece prima facie como proporcional a la conducta enrostrada y teniendo en cuenta que fueron dos las destinatarias del obrar delictivo."

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