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PAZOS ANGEL ARMANDO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

El actor promovió demanda por el restablecimiento de derechos previsionales, cuestionando la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad del artículo y modificó el cálculo de haberes, reconociendo derechos retroactivos.

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Actor: Angel Armando Pazos Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y restablecimiento de derechos previsionales Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y se modificó el cálculo de haberes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 se fundamenta en que provoca un desequilibrio en la proporción entre los haberes de actividad y pasividad, afectando el carácter sustitutivo de la prestación previsional. La Cámara se adhiere a la doctrina de la Suprema Corte que sostiene que el sistema de movilidad establecido es contrario a los derechos previsionales, al no considerar variables propias del régimen local." "Se revoca la declaración de prescripción, ya que fue introducida oficiosamente por la jueza de grado, vulnerando el principio de congruencia. Se modifica la metodología de cálculo de haberes, ordenando calcular las retroactividades a valores actuales y aplicando intereses desde cada devengamiento."

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