CICCARELLI, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
La demandada ANSeS apeló la sentencia que hizo lugar a un amparo por la inaplicabilidad de un tope previsional. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la naturaleza alimentaria del beneficio y la procedencia del amparo.
- Quién demanda: María Cristina Ciccarelli
¿A quién se demanda?
ANSeS
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 y reintegro de sumas descontadas
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La naturaleza alimentaria del beneficio y las circunstancias del presente caso, resultan suficientes para admitir la vía intentada." "El art. 9 de la ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley 24.016 para el personal docente." "El juez que actúa en el ámbito previsional debe proteger la cuantía de los haberes jubilatorios y en consecuencia revisar cualquier norma, cuya aplicación pueda representar una quita o disminución en el monto de dicho haber."
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