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PETRONE, SILVANA EDITH c/ OSDE s/SUMARISIMO DE SALUD

La Sra. SEP solicitó una medida cautelar para mantener su afiliación al plan médico OSDE 210 tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 11 hizo lugar a la medida, ordenando a OSDE mantener la afiliación en las mismas condiciones que detentaba durante su actividad laboral.

Medida cautelar Afiliacion Jubilacion Osde Salud Derecho a la salud Servicios medicos Ley 19.032 Ley 23.660 Seguridad social


¿Quién es el actor?

Sra. SEP

¿A quién se demanda?

OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación al plan médico OSDE 210 tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se decreta la medida cautelar solicitada, ordenando a OSDE mantener la afiliación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se verifica la voluntad de la actora de continuar en la afiliación que gozaba cuando se encontraba en actividad; es decir con la derivación de sus aportes." "La situación prima facie creada por la demandada deriva en un estado de incertidumbre para la beneficiaria, en cuanto a la cobertura médico asistencial que le corresponde al amparo de esa afiliación." "Dispónese que hasta tanto se resuelva la pretensión planteada en autos, OSDE deberá mantener la afiliación de la Sra. SEP como beneficiaria de los servicios de salud prestados por esa entidad."

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