DIAZ CARLOS ALBERTO C/ RUGGIRELLO PABLO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor promovió recurso de apelación por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La Cámara declaró desierto el recurso por falta de fundamentación, al no haberse expresado agravios en el plazo correspondiente.
Actor: Díaz Carlos Alberto Demandado: Ruggirello Pablo; Otro/a Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se declara desierto el recurso interpuesto por falta de fundamentación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 261 del CPCC dispone que si el apelante no expresare agravios dentro del plazo o no lo hiciere en la forma prescripta en el art. 260 del citado código, se declarará desierto el recurso y la sentencia quedará firme para él." "El apelante no ha expresado agravios, no obstante encontrarse debidamente notificado de la providencia que ordenaba poner el expediente en la oficina a los fines del art. 254 del CPCC." "Corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 261 del citado código, y en consecuencia, declarar desierto el recurso interpuesto."
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