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DP.F C/ M.L S/ ALIMENTOS

Francesca Di Pego apeló la sentencia que fijó la cuota alimentaria en $160.000 para su hijo menor. La Cámara de Apelaciones modificó la cuota a $200.000, actualizada semestralmente, y estableció efectos retroactivos desde la interposición de la demanda.

Alimentos Cuota alimentaria Modificacion Interes superior del nino Ley 15.513 Actualizacion semestral Efectos retroactivos Responsabilidad parental Proporcionalidad Jurisprudencia

Actor: Francesca Di Pego Demandado: Lautaro Mangión Objeto: Aumento de la cuota alimentaria para su hijo menor. Decisión: Se modifica la cuota alimentaria fijándola en $200.000, actualizada semestralmente, con efectos retroactivos desde el 11/11/2022.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación alimentaria de los padres respecto de los hijos menores de edad corresponde a ambos en proporción de sus respectivos ingresos (arts. 265 y 271 del Código Civil) para lo cual ha de considerarse la contribución del progenitor que detente la guarda." "El monto de aporte debe ser mayor, no en la proporción que pretende la actora, quien se agravia en cuanto a la omisión de aplicación de la canasta de crianza y los preceptos de la Ley 15.513." "La cuota aquí fijada es exigible desde la interposición de la demanda, conforme lo dispone la segunda parte del art. 641 del CPCC."

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