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COLO HUMBERTO MAURICIO C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió un incidente por caducidad de instancia en un accidente de trabajo. El Tribunal del Trabajo Nº 4 de Morón declaró la caducidad de instancia por reincidencia debido a la inacción del demandante.

Caducidad de instancia Inaccion Accidente de trabajo Reincidencia Ley 15.057 Tribunal del trabajo Procedimiento laboral Costas Honorarios Impulso procesal


¿Quién es el actor?

COLO HUMBERTO MAURICIO

¿A quién se demanda?

DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENO
- Objeto de la demanda: Declaración de caducidad de instancia por inacción.
- Decisión del tribunal: Se declara la caducidad de instancia "por reincidencia".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ley 11.653, en su artículo 12, supo acoger la caducidad de instancia por inacción de la parte estableciendo los plazos de tres y seis meses... En tales condiciones, son de aplicación supletoria las normas sobre caducidad de instancia establecidas por los arts. 310 y subsiguientes del Código Procesal Civil y Comercial." "Habiendo transcurrido nuevamente el plazo de seis meses sin que el accionante impulsare el proceso ni efectuara manifestación alguna... considero que nos encontramos ante el supuesto de reincidencia en la misión de impulsar el proceso por la accionante." "En razón de lo dicho, y atento lo dispuesto por el Art.11 de la ley 15.057, considero que corresponde declarar la caducidad de instancia 'por reincidencia' en las presentes actuaciones."

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