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SOAJE PAULA DANIELA C/ PAZ HECTOR ANDRES S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951

El actor promovió ejecución de honorarios de mediación por un monto de 8,69 JUS. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y fijó intereses a tasa del 12% anual desde la mora del 18 de noviembre de 2025.

Ejecucion Honorarios Mediacion Intereses Mora Jus Costas Ley 13.951 Codigo procesal Provincia de buenos aires

Actor: Soaje Paula Daniela Demandado: Paz Héctor Andrés Objeto: Ejecución de honorarios de mediación por 8,69 JUS. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, con intereses y costas a cargo del demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El término otorgado al accionado para que oponga excepciones legítimas a su derecho se encuentra vencido, haciéndose efectivo el apercibimiento que contiene el art. 506 del Código Citado, désele por perdido el derecho dejado de usar, correspondiendo en consecuencia mandar a llevar adelante la ejecución." "La fecha de mora se fija el día 18/11/2025, correspondiendo aplicar hasta el efectivo pago monto que devengara intereses a tasa pura del 12% anual (art. 31 Ley 13951; arts. 31 del Dec. 600/21; arg. art. 54 de la Ley Arancelaria)."

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