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FLEITAS MIRTA SUSANA C/ EMPRESA DE TRANSPORTE 12 DE OCTUBRE S.R.L. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Mirta Susana Fleitas demandó a la Empresa de Transporte 12 de Octubre S.R.L. por daños y perjuicios tras sufrir un accidente en un colectivo. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a la empresa y a su aseguradora a indemnizar a la actora por un total de $8.999.806.

Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad objetiva Dano moral Dano psicologico Indemnizacion Transporte publico Consumidor Sentencia de primera instancia Provincia de buenos aires

Actor: Mirta Susana Fleitas Demandado: Empresa de Transporte 12 de Octubre S.R.L.; Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros Objeto: Daños y perjuicios por un accidente en un colectivo, reclamando $390.200 y otros rubros. Decisión: Se hace lugar a la demanda, condenando a la empresa y a su aseguradora a pagar $8.999.806.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La actora ha cumplido con su carga procesal de acreditar la ocurrencia del hecho y los daños producidos, mientras que la demandada no ha alegado culpa ajena, sino solo ha negado la existencia del hecho... la empresa demandada debe cargar con las consecuencias dañosas acaecidas, salvo que se pruebe la causa ajena." "El daño moral se configura por el conjunto de padecimientos espirituales derivados del hecho, y que tiene por objeto reparar el quebranto que supone la privación o disminución de aquellos bienes que tienen un valor en la vida del hombre." "El monto de la indemnización debe fijarse ponderando las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas."

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