NOCE PAULA ALEJANDRA C/ CORDERA DE FERRARI MARIA CAROLINA Y OT S/ USUCAPION (124)
Paula Alejandra Noce promovió demanda de usucapión sobre un inmueble en Monte Grande. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconociendo la posesión continua y pacífica del bien durante más de veinte años.
Actor: Paula Alejandra Noce Demandado: María Carolina Santina Cordera de Ferrari; Eduardo Pedro Cordera; Luisa Natalia Cordera; Edgardo Luis Cordera; Cassiccia Matilde Angélica; Cordera Susana María; Cassiccia Luis Eduardo Cordera; Cassiccia Objeto: Prescripción adquisitiva de dominio sobre un inmueble. Decisión: Se hace lugar a la demanda de usucapión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para poder prescribir el dominio de un inmueble se debe acreditar su uso como si fuera propio en forma continua, ininterrumpida, pública y pacífica durante un plazo de veinte años (art. 4.015 y concs. del Cód. Civil)." "Acreditada la legitimación del actor para entablar la presente acción y atento a la rebeldía del demandado, ello decidirá la suerte del pronunciamiento toda vez que la carga de la prueba es una noción procesal que contiene la regla del juicio." "Habiendo entonces la actora justificado su posesión y la posesión ejercida con anterioridad por su cedente del modo y por el término impuesto por la ley, resulta que la acción promovida debe ser admitida."
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