NN: N.N. s/INFRACCION LEY 22.415 DENUNCIANTE: CARRIO, ELISA MARÍA
El Fiscal Federal solicitó la desestimación de la causa por inexistencia objetiva de delito en relación a maniobras de importación. El Juez Federal de Primera Instancia desestimó las actuaciones, considerando que no se verificó afectación a la renta fiscal ni el elemento subjetivo del delito.
Actor: Fiscalía Federal Demandado: No se menciona un demandado específico, se trata de una investigación penal. Objeto: Desestimación de actuaciones por inexistencia de delito. Decisión: Se desestimaron las actuaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Fiscal Federal manifestó que no se verifica afectación alguna a la renta fiscal ni se advierte la presencia del elemento subjetivo requerido para la configuración de los tipos penales previstos en los artículos 863 y concordantes del Código Aduanero." "La posición adoptada por el Fiscal Federal, con apego a los principios que rigen nuestro sistema de enjuiciamiento penal acusatorio, en particular, los que prohíben al Juez actuar de oficio y más allá de lo pedido, sellan la suerte favorable de su solicitud."
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