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SCHMUKLER JULIETA MARIA S/ CONCURSO PREVENTIVO(PEQUEÑO)

Julieta María Schmukler promovió un concurso preventivo y solicitó la homologación de un acuerdo preventivo. El Tribunal homologó el acuerdo y reguló los honorarios del síndico y del letrado de la concursada.

Concurso preventivo Homologacion Acuerdo preventivo Honorarios Sindico Letrado Activo concursal Pasivo verificado Ley 24.522 Ley provincial 14.967

Actor: Julieta María Schmukler Demandado: ARCA Objeto: Homologación de un acuerdo preventivo en el marco de un concurso preventivo. Decisión: Se homologa el acuerdo preventivo y se regulan los honorarios del síndico y del letrado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Homologase el mismo (art. 52 Ley 24.522)... el control del cumplimiento del acuerdo quedará a cargo del Síndico... se procede a regular los honorarios del Síndico y del letrado de la concursada, ponderando el activo concursal de U$S 261.500... el activo concursal resulta en su equivalente en moneda de curso legal de $350.410.000... corresponde la regulación de sus honorarios en la suma de $3.113.400... se impone regular también los honorarios de acuerdo a los trabajos realizados, al letrado de la concursada... en la suma de $1.556.700."

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