A, M. F. c/ OSPCN - OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA UNION s/AMPARO LEY 16.986
El recurso de apelación fue interpuesto por la Obra Social Unión Personal de la Unión contra la sentencia que hizo lugar al amparo. La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la decisión de primera instancia, considerando insuficientes los agravios presentados por la apelante.
¿Quién es el actor?
M. F. A.
¿A quién se demanda?
OSPCN
- Obra Social Unión Personal de la Unión
- Objeto de la demanda: Amparo Ley 16.986
- Decisión del tribunal: Se declara desierto el recurso de apelación y se confirma la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los fundamentos vertidos adolecen -a mi criterio
- de una marcada insuficiencia impugnativa, pues el art. 15 de la ley ritual impone al recurrente la carga procesal de fundar su postura... no basta para mantener la apelación el mero disentimiento, ni la remisión o reiteración de argumentos que ya han sido resueltos por el Juez de grado."
"Dichas alegaciones no constituyen sino meras discrepancias con lo resuelto y reiteración de presentaciones anteriores ya resueltas, por lo que debe declararse desierto el recurso articulado por la requerida en autos."
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