INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS FUNES VILLALBA, DENIS Y OTROS SOBRE 181 INC. 3 - USURPACION (TURBACION DE LA POSESION)
El incidente de incompetencia fue promovido por la conexión de hechos en un caso de usurpación y amenazas. El Tribunal Superior de Justicia resolvió que la causa debía tramitar ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 7, priorizando la eficiencia judicial.
¿Quién es el actor?
Denis Funes Villalba y otros
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 3; Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 7
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para entender en la causa de usurpación y amenazas.
- Decisión del tribunal: Se declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 7.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Haciendo primar un criterio que privilegie un servicio de justicia eficiente, que atienda a la vinculación que podría existir entre los episodios denunciados —que aconseja su juzgamiento conjunto—, corresponde atribuir competencia al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 7." "El Fiscal General Adjunto opinó que correspondía que la causa tramitara ante la justicia nacional, señalando que no existía discrepancia entre los jueces contendientes en torno a las calificaciones jurídicas adoptadas."
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