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SARTORE, GRACIELA Y OTRO c/ OBRA SOCIAL DE VIAJANTES VENDEDORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/AMPARO DE SALUD

Los actores interpusieron una acción de amparo contra la Obra Social de Vendedores por la negativa a mantener su afiliación tras jubilarse. El tribunal hizo lugar a la acción, ordenando a la demandada mantener la afiliación y cobertura médico asistencial previa a la jubilación.

Amparo Salud Jubilacion Afiliacion Obra social Pami Derechos constitucionales Monotributo Cobertura medico asistencial Aportes


- Quién demanda: M. A. D. S. y G. S.

¿A quién se demanda?

Obra Social de Vendedores

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantenimiento de la afiliación a la obra social tras la jubilación.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a la demandada mantener la afiliación de los actores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El amparo es un proceso sumamente simplificado en sus dimensiones temporales y formales, pues la finalidad fundamental de la pretensión que constituye su objeto consiste en reparar, con la mayor urgencia posible, la lesión de un derecho constitucional." "La ley 19.032 establece que a partir de su vigencia, los jubilados y pensionados obligatoriamente comprendidos en cualquiera de las obras sociales mencionadas, aportarán únicamente al PAMI, manteniendo sin embargo su afiliación a aquéllas." "El carácter de beneficiario, otorgado en el inc. a) del art. 8 y en los incs. a) y b) del art. 9 de la ley, subsistirá mientras se mantenga el contrato de trabajo o la relación de empleo público."

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