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F., J. O. c/ OSCOMM Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras el fallecimiento de su cónyuge. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho del actor a continuar como afiliado bajo el mismo plan.

Amparo Salud Afiliacion Obra social Pension Derecho a la salud Grupo familiar Continuidad Ley 23.660 Oscomm


¿Quién es el actor?

J.O.F.
- Demandados: OSCOMM y OSDE
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social bajo el mismo esquema que su cónyuge fallecida.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando a las demandadas mantener la afiliación del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho cuya protección se persigue en autos... aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales incorporados a ella." "No cabe duda de que le asiste el derecho al actor a permanecer como afiliado en las mismas condiciones en las que detentaba su cónyuge antes de su fallecimiento..." "La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación..."

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