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F B A S/ GUARDA

El menor B A F apeló la homologación de un acuerdo sobre el régimen de comunicación con su madre biológica. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que se respetó el interés superior del niño y su derecho a ser oído.

Apelacion Guarda Regimen de comunicacion Interes superior del nino Derecho a ser oido Progenitora biologica Acuerdo homologado Cuidado personal Revinculacion Convencion sobre los derechos del nino

Actor: B A F Demandado: S D Objeto: Revocación de la homologación del régimen de comunicación materno-filial. Decisión: Se confirmó la homologación del acuerdo sobre el régimen de comunicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios del apelante se centran, en esencia, en que su opinión no habría sido debidamente considerada y en que el régimen homologado contraría su voluntad de no mantener contacto con su progenitora biológica." "Cabe recordar que el derecho del niño a ser oído... no implica conferir carácter decisorio absoluto a su voluntad, sino garantizar que su opinión sea considerada en función de su edad, grado de madurez y del contexto integral de la causa." "En definitiva, no se advierte que la homologación del acuerdo de fecha 3/12/2025 vulnere derechos fundamentales del niño ni que se haya prescindido de valorar su interés superior."

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