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PARAMO CATUS SA C/ COLMAN ANA FIORELLA S/ COBRO EJECUTIVO

Paramo Catus SA apeló la sentencia que limitó los intereses a una tasa inferior a la habitual y rechazó el IVA sobre los mismos. La Cámara modificó parcialmente la decisión, permitiendo intereses que no superen una vez y media la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

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Actor: Paramo Catus SA Demandado: Ana Fiorella Colman Objeto: Cobro de $750.000 más intereses y aplicación del IVA sobre los intereses. Decisión: Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, permitiendo intereses que no superen una vez y media la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los jueces conservan las facultades de atenuar la incidencia de los intereses, si advierten que se encuentra comprometido el orden público, cuando contraríen los límites impuestos por la buena fe, la moral y las costumbres." "El art. 771 del CCyC prescribe que los jueces pueden reducir los intereses cuando la tasa fijada excede, sin justificación y de forma desproporcionada, el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares en el lugar donde se contrajo la liquidación." "La ley 23.349 -Ley de Impuesto al Valor Agregado
- enuncia una serie de actividades que resultan estar exentas del pago del impuesto en tratamiento. [...] no debe cargar el deudor con el Impuesto al Valor Agregado sobre los eventuales intereses que se liquiden respecto de la deuda principal."

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