.................... S/INCIDENTE DE SANCION DISCIPLINARIA
El interno D. E. C. interpuso un incidente de sanción disciplinaria tras ser sancionado por tenencia de estupefacientes. La Cámara confirmó parcialmente la sanción, ajustándola a ocho días de S.A.C. al considerar que no se probó la calidad estupefaciente en el momento de la sanción.
Actor: Dr. Ricardo G. Perdichizzi Demandado: D. E. C. Objeto: Revocación de la sanción de doce días de S.A.C. impuesta por tenencia de estupefacientes. Decisión: Se confirma parcialmente la sanción, ajustándola a ocho días de S.A.C.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se advierte afectado el derecho de defensa del causante, en tanto fue sancionado por la tenencia de sustancias estupefacientes sin contar al momento de la imposición del correctivo con un elemento técnico que confirmara efectivamente dicha naturaleza." "La comprobación de la calidad estupefaciente constituye un extremo relevante para la configuración típica del art. 47 inc. 'c' de la ley 12256." "La conducta atribuida resulta suficientemente acreditada para ser encuadrada en los términos del art. 47 inc. 'd' de la ley 12.256." "Corresponde reajustar la sanción impuesta, toda vez que se elimina uno de los fundamentos que incrementaba el reproche disciplinario."
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