DI FAZIO FERNANDO GABRIEL C/ ANDINA ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor solicitó la declaración de incompetencia en el marco de una acción de revisión ante la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N°3 hizo lugar al planteo, determinando que el caso debía ser conocido por el Tribunal de Trabajo de Florencio Varela.
Actor: DI FAZIO FERNANDO GABRIEL Demandado: ANDINA ART S.A. Objeto: Declaración de incompetencia en la acción de revisión de la Comisión Médica Jurisdiccional. Decisión: Se hace lugar al planteo de incompetencia y se determina que el Tribunal competente es el de Florencio Varela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La competencia territorial de la justicia provincial del trabajo resulta improrrogable... corresponde resolver conforme la regla allí contemplada..." "El actor optó por concurrir a la Comisión Médica de Quilmes en atención a encontrarse su domicilio real ubicado en la localidad de Florencio Varela..." "Corresponde hacer lugar al planteo 'sub examine'..."
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