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CORONEL MARIA CLARA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Se declara la caducidad de instancia en la acción de revisión promovida por Coronel María Clara contra la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. El Tribunal fundamenta su decisión en la inactividad procesal de la parte actora y el desinterés en la continuación del proceso.

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Actor: Coronel María Clara Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional Ley 15057. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia y se imponen las costas a la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Preliminarmente se destaca el desinterés en que ha incurrido la parte actora, materializado de manera incuestionable no sólo en el silencio guardado por la misma a la intimación dispuesta, sino también en la inactividad procesal mantenida durante un lapso superior de seis meses." "La caducidad es un remedio excepcional y en tal forma ha sido merituada -de antigua data
- por este Tribunal... La caducidad no es incompatible con el impulso procesal de oficio, cuando se produce la falta de colaboración de las partes para el cumplimiento de los actos procesales." "La caducidad tiene el mismo fundamento jurídico que la prescripción, su objeto es evitar que se eternicen los juicios e impedir que la interrupción de la prescripción causada por la demanda se mantenga indefinidamente."

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