LLORET GUSTAVO DANIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Azul se declaró incompetente y remitió las actuaciones al Tribunal de Trabajo de Olavarría.
Actor: LLORET GUSTAVO DANIEL Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO Objeto: Acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional. Decisión: Se rechazó la competencia del Tribunal del Trabajo Nº 1 de Azul y se remitieron las actuaciones al Tribunal de Trabajo de Olavarría.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La interpretación de los arts. 2 inc. 'j' y 103 de la Ley 15.057 conduce a determinar que la decisión emitida por la Comisión Médica Jurisdiccional es susceptible de ser recurrida ante los actuales tribunales de trabajo, y en lo que interesa, de aquellos con asiento en la localidad donde se halla situada la Comisión Médica Jurisdiccional." "Decidir la competencia territorial únicamente en base a la radicación del domicilio de la Comisión Médica Jurisdiccional generaría un notorio desequilibrio en el régimen de ingreso de causas a los Tribunales del fuero." "Se concluye que este Tribunal es incompetente para entender en autos, estando habilitado para ello el Tribunal del Trabajo de Olavarría."
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