PETRUZZELLA MARIA GRACIELA C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
Petruzzella María Graciela demandó al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires por el reconocimiento de su derecho a una bonificación por antigüedad del 3%. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declarando inconstitucionales las normas que limitaban dicha bonificación.
Actor: Petruzzella María Graciela Demandado: Provincia de Buenos Aires; Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento del derecho a una bonificación por antigüedad del 3% y declaración de inconstitucionalidad de normas que establecen un porcentaje inferior. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a la bonificación del 3% y declarando inconstitucionales las normas que limitaban dicha bonificación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuestión que ahora se discute tuvo como inicio la ley 11.739, de presupuesto para el año 1996, cuyo artículo 42 estableció 'que el año 1996 no será computado para acreditar antigüedad a los efectos de las bonificaciones por tal concepto...'. En efecto, si los magistrados fueron dejados aparte de tales 'modificaciones'... es autoevidente que las medidas en estudio implicaron una disminución salarial." "El Estado puede reducir los salarios de sus agentes, salvo que la Constitución Nacional expresamente garantice su intangibilidad... en el caso de autos, los antecedentes de la causa, normas citadas y sus fundamentos, evidencian con claridad la ausencia de, al menos, dos de esas condiciones..." "Si se había llegado en 1995 a que se bonifique la antigüedad en un 3%, su disminución implica un retroceso en aquello que fuera conquistado, incompatible con la cláusula constitucional citada."
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