CASTRO WALTER ALEJANDRO C/ CAJA DE RETIRO JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIAS DE LA PRO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor promovió demanda por el reconocimiento de derechos previsionales y ajuste de su haber jubilatorio. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 37 de la Ley 13.236 y ordenó el reajuste del haber previsional al 60% correspondiente.
Actor: Castro Walter Alejandro Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento de derechos y ajuste del haber previsional Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 37 de la Ley 13.236 y se ordenó el reajuste del haber previsional al 60%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aplicación del art. 37 de la ley 13.236, en forma indirecta implica un distingo indebido que disminuye el porcentaje del haber de acuerdo a un mecanismo legal que trata de manera diferente y perjudicial a los servicios prestados en otra jurisdicción." "La temática ha sido largamente debatida y materia de numerosos pronunciamientos de la Corte federal y de la Suprema Corte local." "El régimen de reciprocidad jubilatoria se estructura en base a las siguientes pautas: a) cómputo mixto de los servicios prestados en cada caja y de las remuneraciones percibidas; b) otorgamiento de un beneficio único; y c) transferencia a la caja otorgante de los aportes y contribuciones ingresadas a las cajas que reconocieron servicios."
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