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PERSOGLIA, NILDA Y GREGORUTTI LEONEL EDIBERTO JUAN S/SUCESORIO AB INTESTATO

Los herederos apelaron la resolución que denegó la medida de constatación de ocupación de un bien sucesorio. La Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso, argumentando que la medida es necesaria para proteger el acervo hereditario.

Proceso sucesorio Medida de seguridad Constatacion de ocupacion Bienes hereditarios Codigo procesal civil y comercial Tutela efectiva de derechos Herederos Recursos judiciales Jurisdiccion Responsabilidad del peticionario


- Quién demanda: Herederos de Nilda Persoglia y Leonel Ediberto Gregorutti.

¿A quién se demanda?

Resolución del Juzgado Civil y Comercial N°2 de Paraná.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida de constatación de ocupación de un bien sucesorio.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al recurso de apelación y se ordena la medida solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el ámbito del proceso hereditario, el art. 719 del CPCCER permite del dictado de medidas de seguridad de los bienes que conforman el haber hereditario y que tienen como finalidad individualizar y conservar los bienes del sucesorio." "Las medidas que se pueden adoptar -para individualizar o conservar el haber sucesorio-, reconocen muy diversa índole, según los intereses que pretenden proteger, entre las que se encuentra el depósito de bienes; secuestro de bienes; inventario provisorio y pedido de informes." "Bajo tales premisas que corresponde hacer lugar al recurso de apelación y disponer que en primera instancia se disponga -bajo la exclusiva responsabilidad del peticionante de la medida, se ordene lo interesado."

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