ARDICA S.R.L. C/ SUCESORES DE SCARINCI LUIS OSCAR S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Ardica S.R.L. promovió demanda por el cobro de U$S 3.000 en concepto de reserva por una operación inmobiliaria. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados a restituir la suma con intereses, al considerar que no se cumplió con la escrituración del inmueble.
Actor: Ardica S.R.L. Demandado: Luis Oscar Scarinci; Sus herederos: Luis Alberto Scarinci; Silvia Lucía Cal Objeto: Devolución de U$S 3.000 en concepto de reserva por una operación de compraventa. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados a restituir la suma reclamada con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La reserva implica el compromiso del propietario de un bien de no enajenarlo a un tercero, durante un plazo generalmente breve, contra entrega de una suma de dinero que garantice la prioridad del reservante, correspondiendo la devolución del importe a este último de no realizarse la operación, a menos que pueda imputársele culpa en las tratativas negociables." "El instrumento de reserva estaba sujeto a una condición, que era la finalización de los procesos sucesorios, y esta no se cumplió en el tiempo previsto." "El corredor ha incumplido con la manda del contrato de corretaje suscripto, generándose asimismo con este acto un principio de ejecución con los vendedores, también incumplidores."
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